LA INSPECCIÓN OCULAR TÉCNICA
Roberto Geovanny Moreno Dillon. Abogado y Perito en Criminalística. Doctor en Jurisprudencia de la Universidad Técnica Particular de Loja, Ecuador. Perito en Criminalística de la Escuela de Carabineros de Chile. Perito en Inspecciones Criminalísticas del Instituto de Criminalística de la Policía Nacional del Perú. Diplomado en Tráfico Ilícito de Drogas, Adicciones y Violencia Social de la Universidad Federico Villarreal de Perú. Diplomado en Mediación, Conciliación y Arbitraje de la Universidad Santa María La Antigua de Panamá. Diploma Superior en Seguridad Ciudadana de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales de Quito. Especialista en Gerencia de la Calidad y Productividad con Normas ISO de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Principal de Inteligencia Pericial. Principal de Gestión Operativa de EcuaForense Cia.Ltda. Correo electrónico: rmoreno@ecuaforense.com
Elementos generales de la Inspección Ocular.
La Inspección Ocular Técnica tiene como base el
principio de intercambio, el cual se produce cuando dos objetos tienen contacto
entre sí, y es donde se provoca el intercambio de materia aún en mínima
cantidad.
En consecuencia, cuando un sospechoso tiene contacto con la víctima y a su vez con los objetos o cosas de la escena del delito, frecuentemente deja tras de sí sus rastros y se lleva vestigios de las cosas y objetos que ha tocado. Los materiales transferidos de esta manera normalmente reciben el nombre de rastros, en ocasiones son imperceptibles y requieren de un procedimiento técnico y minucioso para su ubicación, a veces son tan pequeños que escapan a la atención del delincuente.
Como corolario se pude afirmar que los indicios
y la evidencia física es sometida a un escrutinio cada vez mayor de las partes,
y en especial de los operadores de justicia, con el propósito de fortalecer su
admisibilidad.
En consecuencia, cuando un sospechoso tiene contacto con la víctima y a su vez con los objetos o cosas de la escena del delito, frecuentemente deja tras de sí sus rastros y se lleva vestigios de las cosas y objetos que ha tocado. Los materiales transferidos de esta manera normalmente reciben el nombre de rastros, en ocasiones son imperceptibles y requieren de un procedimiento técnico y minucioso para su ubicación, a veces son tan pequeños que escapan a la atención del delincuente.
Ilustración de la relación del principio de intercambio.
En el contexto de la inspección ocular, también
existe el principio de individualidad, que hace referencia a que no hay dos
cosas exactamente iguales. No hay dos herramientas que sean absolutamente
iguales o que dejen marcas iguales. No hay dos armas que puedan dejar las
mismas marcas en las balas o vainas. No hay dos personas que tengan idénticas
impresiones digitales. No existen dos personas que tengan voces iguales.
Sustentados en estos principios se puede
aseverar, que el lugar de los hechos o escena donde se produjo un hecho
delictuoso o doloso, en sí mismo constituye un indicio, consecuentemente debe
ser procesado correcta y diligentemente. Por regla general, una inadecuada
protección del lugar de los hechos o escena del delito trae como resultado
contaminación de los indicios, la pérdida, desplazamiento innecesario de
objetos y cosas, y en muchas ocasiones pueden deteriorarse o anularse.
El reconocimiento y registro del lugar de los
hechos involucra, conocer el procedimiento metodológico para la observación de los
detalles del hecho, analizando el contexto de lo ocurrido, reseñando y fijando
todos los indicios del caso, con el firme propósito de cumplir con los objetivos
de la ciencia, en la búsqueda de la verdad mediante el método científico.
La persona que realiza la Inspección Ocular
Técnica, debe reconocer que el lugar de los hechos es altamente dinámico, es
decir, sujeto a cambios; y frágil en el sentido que, el valor de los indicios
puede verse fácilmente disminuido por aquellos hechos que afecten si
intangibilidad, resulta entonces, primordial el actuar con oportunidad y
realizar el reconocimiento o registro de la escena utilizando principalmente
los medios de fijación definidos (anotaciones, fotografías y dibujos) con el
objeto de registrar en forma precisa -identificar y ubicar los indicios- el
lugar, dando un sentido lógico a lo observado lo cual le permitirá inferir una
plena relación y descripción de todos los indicios asociados al hecho y al tipo
de escena.
En sentido amplio, la recuperación de indicios o
elementos físicos en la escena del delito o en el lugar de los hechos, es uno
de los cometidos más importantes que afrontan los especialistas o peritos en
Inspección Ocular, porque son ellos que acreditan fiabilidad a éstos, como
garantía de la pertinencia para la admisibilidad como medio de prueba.

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